“Cuatro millones de turistas en los próximos cinco años”: Oscar Santelices


Para el 2010 se proyecta superar los tres millones de visitantes ingresados a Chile y llegar a 2.000 millones de dólares por concepto de ingresos. “Nos encontramos en condiciones de fijar como meta los 3.000 millones de dólares y acercarnos a los cuatro millones de turistas dentro de los próximos cinco o seis años”, señaló Óscar Santelices, director del Servicio Nacional de Turismo (Sernatur).

Esta realidad llevó al Ejecutivo a enviar al Congreso en enero de 2008 un proyecto de ley (boletín 5687-23) que tras dos años de trámite legislativo fue promulgado el 4 de febrero de 2010, consolidando la esperada Ley de Turismo (20.423).

La ley considera el turismo como una actividad “estratégica” para el país, y por ello la dota de una nueva institucionalidad, con la creación de un Comité Ministerial y una Subsecretaría, entre otros; la creación de un sistema de clasificación, calidad y seguridad de los servicios turísticos, el establecimiento de Zonas de Interés Turístico y una reglamentación para el uso turístico de las Áreas Silvestres Protegidas que sean propiedad del Estado.


Por primera vez se hablará de una Política Nacional de Turismo, que tendrá una especial consideración por el rol de las regiones y las comunas en ella, y que buscará fomentar los programas sociales que estimulen la inversión, la creación de empleo y el surgimiento de PYMES.

Para algunos, en todo caso, la Ley de Turismo es sólo un primer paso. Alex Thiermann, Director de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo, celebró la nueva normativa, pero advierte que para que sea efectiva es imprescindible una modificación al Código del Trabajo, en el sentido de adaptarla a las especiales características y necesidades del sector. “En turismo se trabaja mientras y para que otros descansen”, ejemplifica.

LA NUEVA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL EN TURISMO

Los cambios más relevantes que trae la nueva ley son a nivel de estructura institucional. De partida, el actual Ministerio de Economía y Fomento robustece su nombre, pasando a llamarse Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

En segundo lugar, se crea el Comité de Ministros del Turismo, que estará encargado, entre otras tareas, de asesorar al Presidente de la República en la definición de los lineamientos de la Política Nacional de Turismo y de la Política de Promoción del Turismo, de proponer a la cartera de Hacienda el presupuesto para el sector y de pronunciarse sobre proyectos de ley o actos administrativos relativos a materias del sector.

El proyecto crea además, como organismo dependiente del Ministerio de Economía, la Subsecretaría de Turismo, definida como un “órgano de colaboración inmediata del Ministro Presidente del Comité”. Su labor fundamental será, junto con coordinar los distintos servicios públicos del sector, asesorar al Comité de Ministros, elaborando y proponiendo planes, programas y proyectos para el fomento, promoción y desarrollo del turismo.

La ley incluye además cambios en Sernatur, que será reforzado desde el punto de vista de recursos y atribuciones, sobre todo en relación a la promoción de la oferta turística de Chile fuera de nuestras fronteras. “Es un órgano fundamental”, dijo el ministro de Economía, Hugo Lavados.

¿Y POR QUÉ NO SE CREÓ UN MINISTERIO DEL TURISMO?

Hugo Lavados cree que la fórmula del Consejo de Ministros es acertada: “El hecho de tener o no un ministerio no resuelve los problemas. Aquí la fuerza de la ejecución de los programas la va a tener Sernatur, mientras la Subsecretaría será un organismo que defina aquello que se plantee en términos generales como estrategia país en el Consejo de Ministros, que son los lineamientos en los cuales los programas del Sernatur deben impulsarse”.

Respecto a la Clasificación, Sernatur será quien lleve un Registro Nacional de Servicios Turísticos, de carácter público, donde cualquier prestador de servicios del rubro podrá inscribirse, sin costo alguno, bajo una categoría específica. Lo que sí tendrá que costear quien se inscriba serán las certificaciones de calidad. Ahora, ¿será obligatorio para los grandes y pequeños empresarios turísticos inscribirse en el registro y someterse a las certificaciones de calidad? Depende del caso: en general, la ley lo define como “voluntario”, pero para el caso específico de los prestadores de servicios de alojamiento turístico y de turismo aventura, la inscripción es obligatoria.

Con la nueva ley, Sernatur tendrá la facultad de eliminar o reclasificar determinado servicio dentro del registro, en caso de no cumplirse las condiciones establecidas.


Fuente: Biblioteca del Congreso