La iniciativa, que recibió 99 votos, define al turismo como una política prioritaria para el país y crea una nueva institucionalidad, dependiente de un Consejo de Ministros y de la Subsecretaría de Turismo. Entre otros cambios, el Senado eliminó de los objetivos de la nueva ley el perfeccionamiento de los mercados turísticos. Asimismo, el texto legal (boletín 5687), establece que el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado.
Se dispone además el impulso estatal a la asociatividad entre los actores del sector privado; para lo cual se establecerán programas encaminados a fortalecer las organizaciones empresariales, especialmente las de menor tamaño.
Política Nacional de Turismo La propuesta legal precisa que la Política Nacional de Turismo tendrá por propósito determinar los objetivos, acciones y prioridades que regirán al sector; y deberá considerar, para el desarrollo y promoción de la actividad, el rol de las regiones y comunas en el cumplimiento de los propósitos, objetivos, acciones y prioridades fijados. También promoverá el desarrollo de programas sociales que, junto con permitir el acceso a los diferentes grupos de interés social, contribuyan a crear empleo; fomentar la inversión de las empresas, especialmente las de menor tamaño; disminuir la estacionalidad turística y a la descentralización del país.
Comité de Ministros del Turismo También se crea el Comité de Ministros del Turismo, encargado de asesorar al Presidente de la República en la fijación de los lineamientos de la política gubernamental para el desarrollo de la actividad turística. Este Comité, estará integrado por el Ministro de Economía, quien lo presidirá; y los Ministros de Obras Públicas, Vivienda, Agricultura, Bienes Nacionales, el Ministro Presidente de la CONAMA y el Ministro de Cultura. Entre otras funciones, el Presidente del Comité deberá velar por la coordinación en materia turística entre los ministerios, organismos y servicios públicos; vincularse técnicamente con los organismos internacionales dedicados al tema turístico, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden al Ministerio de Relaciones Exteriores, y delegar sus funciones en el Subsecretario de Turismo.
Subsecretaría de Turismo El proyecto crea una Subsecretaría de Turismo en el Ministerio de Economía, que entre otras materias deberá elaborar y proponer al Comité los planes, programas y proyectos para el fomento, promoción y desarrollo del turismo, así como de otras materias que requieran de su estudio o resolución.
Zonas de interés turístico La normativa regula además las zonas de interés turístico; que se incluirán en los instrumentos de planificación, pues requerirán medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado. Se establece que en el caso de la elaboración o modificación de Planes Reguladores Comunales y Límites Urbanos en zonas declaradas de Interés Turístico, se requerirá, previo a su discusión por el Concejo Comunal, de un informe del Servicio Nacional de Turismo. En tanto, la modificación de los Planes Reguladores Intercomunales o Metropolitanos que involucre zonas declaradas de Interés Turístico, requerirá consulta al Servicio Nacional de Turismo por parte de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo. Asimismo, las Zonas de Interés Turístico tendrán carácter prioritario para la ejecución de programas y proyectos públicos de fomento al desarrollo de esta actividad, como asimismo para la asignación de recursos destinados a obras de infraestructura y equipamiento necesarios. Adicionalmente, el proyecto establece que sólo se podrán desarrollar actividades turísticas en Áreas Silvestres Protegidas de propiedad del Estado cuando sean compatibles con su objeto de protección, debiendo asegurarse la diversidad biológica, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental. El Comité de Ministros, a proposición de la Subsecretaría del Turismo, y previo informe técnico de compatibilidad con el plan de manejo emitido por la institución encargada de la administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado, determinará aquellas que, de acuerdo a su potencial, serán priorizadas para ser sometidas al procedimiento de desarrollo turístico.
Política Nacional de Promoción del Turismo Respecto a la Política Nacional de Promoción del Turismo, se indica que el Estado impulsará, por intermedio de sus organismos, una imagen del país tanto en el territorio nacional como en el exterior, que promueva sus atractivos patrimoniales, naturales culturales y con cualquier otro valor turístico, que conduzca a la inserción de Chile en los mercados internacionales. Por otra parte, se crea un Consejo Consultivo de Promoción Turística, encargado de asesorar y colaborar en la formulación de la Política Nacional de Promoción del Turismo. En este organismo participarán, además del Subsecretario de Turismo, que lo presidirá; el Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo y de los directivos superiores de los organismos y servicios públicos relacionados con la materia, y representantes de las entidades gremiales que representen los intereses de las empresas que desarrollan sus actividades en el sector. (Fuente: Portal Camara.cl – 06/01/2010) |
Promulgarán Proyecto que crea nueva institucionalidad del Turismo
Manifestación mañana viernes por Luis Spoerer
Estimad@s Compañeros de IGT:
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Mañana viernes 8 de enero a las 11:15 horas, el Rector irá a la FAE a conversar con los docentes, los invitamos a asistir y a manifestarnos para exigir la reincorporación de Don Luis a la Jefatura de la Carrera.
Saludos Cordiales
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